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Crisis de Seguridad.

Proyecto de ley orienta el rol de la Policía de Investigaciones al desarrollo de la investigación especializada.

La seguridad debe ser abordada desde una perspectiva integral donde los recursos disponibles sean idóneos y suficientes para trabajar de manera inteligente, estratégica y con capacidad de interoperar.

8 de septiembre de 2022

La moción, patrocinada por los Senadores Álvaro Elizalde, José Miguel Insulza, Manuel José Ossandón, Kenneth Pugh y Jaime Quintana, modifica el D.L. N° 2.460, de 1979, que dicta Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile, en lo referente a su labor investigativa especializada.

Los autores del proyecto de ley señalan que el año 2020 se inició un proceso de Reforma a Carabineros de Chile, donde se concluyó que la institución cumplía cerca de 150 funciones ajenas a su rol preventivo y de control de orden público. Por ende, se sugirió, en ese entonces, que debería existir una especialización de funciones de las Policías, junto con robustecer los procesos de formación de la institución. Sin embargo, la especialización de funciones de las Policías no ha sido abordada como parte de la reforma por ninguno de los gobiernos hasta la fecha.

Exponen que el año 2022 se publicó ley 21.427, que Moderniza la Gestión Institucional y Fortalece la Probidad y Transparencia en las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, que contiene grandes avances en materia de accountability y en el control de gestión de las Policías. No obstante, advierten que la norma contiene problemas serios, entre ellos duplica el rol preventivo y de control de orden público de Carabineros de Chile con el de la Policía de Investigaciones.

Por ende, observan la necesidad de subsanar el error de la ley 21.427, orientando el rol de la Policía de Investigaciones al desarrollo de la investigación especializada, al control de ingreso y egreso de personas al territorio nacional, y a la prevención de la perpetración de hechos delictuosos y de actos atentatorios contra la estabilidad de los organismos del Estado, poniendo énfasis y especializándose solo en el trabajo preventivo de estos últimos.

En virtud de lo anterior, la iniciativa, a través de un artículo único, sustituye el inciso primero del artículo 1° del DL N° 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, por el siguiente:

«La Policía de Investigaciones de Chile, como parte de la Administración del Estado, está al servicio de la comunidad y sus acciones contribuyen al sistema de seguridad pública, a través de la investigación especializada de los delitos, especialmente aquellos complejos y relacionados al crimen organizado o al cibercrimen, mediante el análisis e inteligencia policial, contribuyendo a evitar la perpetración de hechos delictuosos y de actos atentatorios contra la estabilidad de los organismos del Estado. Además, con el mismo fin, deberá efectuar el control de ingreso y egreso de personas al territorio nacional, fiscalizar la permanencia de extranjeros en el mismo, representar al país en la Interpol y desarrollar otras funciones que le encomienden las leyes.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Seguridad Pública del Senado.

Vea Boletín N° 15.317-07  y siga su tramitación aquí.

 

 

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