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Crisis de Seguridad.

Proyecto de ley establece la asociación ilícita como agravante del delito de amenazas.

De acuerdo con la encuesta CEP (abril-mayo 2022) se puede desprender que a lo menos un 70% de la población considera que diversos temas relacionados con seguridad pública (violencia, delincuencia, narcotráfico, crimen organizado, etc.) deben ser una prioridad para el gobierno.

18 de septiembre de 2022

La moción, patrocinada por la Senadora Carmen Gloria Aravena y los Senadores Pedro Araya, Juan Castro, José Miguel Durana y Manuel José Ossandón, modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de establecer la asociación ilícita como agravante del delito de amenazas.

Los autores del proyecto señalan que, de acuerdo con información entregada por el Subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, el pasado mes de junio, en nuestro país ya estarían operando 3 de las bandas criminales más peligrosas del mundo. Se tratan de: Tren de Aragua (Mega organización criminal venezolana), Jalisco nueva generación (Banda Narco-criminal mexicana) y el Cartel de Sinaloa (organización criminal mexicana dedicada al narcotráfico).

Por otro lado, indican que, de acuerdo con cifras de la Subsecretaría de Prevención del Delito, durante el año 2020 se realizaron 101.112 denuncias por el delito de amenazas. En el 2021 esa cifra aumentó a 110.759 y en lo que va del año ya son 32.516 las denuncias por este delito. Esto lo convierte en el delito con mayores denuncias en nuestro país, afectando tanto a civiles como autoridades.

Exponen que, en nuestro ordenamiento jurídico, los artículos 296 y siguientes del Código Penal regulan el delito de amenazas. Sin embargo, tales normas no han recibido modificaciones sustanciales desde su creación.

Advierten que la Fiscalía ha explicitado que es necesario incorporar modificaciones al Código Penal, que vayan en la dirección de sancionar el delito de amenazas de forma distinta cuando existe participación de organizaciones criminales.

En virtud de lo anterior, con el objetivo de frenar los atentados terroristas de la mano de organizaciones criminales, el proyecto de ley, a través de dos artículos, busca incorporar un nuevo artículo 298 bis al Código Penal, a fin de establecer como agravante de la pena la circunstancia de haber cometido el delito de amenazas concurriendo, además, las circunstancias del delito de asociación ilícita, de las que se encuentran tipificadas en los artículos 292 y siguientes de dicho Código. Así mismo, se busca incorporar un nuevo inciso al artículo 7° de la ley N° 18.314 para aumentar de la misma forma la pena asignada al delito de amenazas cuando se trate de una asociación ilícita terrorista, definida en el artículo 2° numeral 5° del mismo cuerpo legal.

El artículo primero introduce un nuevo artículo 298 bis en Código Penal, del siguiente tenor: “El que cometiere cualquiera de los delitos señalados en este párrafo, concurriendo además las circunstancias del delito de asociación ilícita contemplado en los artículos 292 y siguientes de este Código, la pena asignada se aumentará en un grado.”

El segundo artículo, modifica la ley N° 18.314, que Determina Conductas Terroristas y Fija su Penalidad, agregando un nuevo inciso final al artículo 7° del siguiente tenor: “Con todo, el que cometiere cualquiera de los delitos señalados en el párrafo XI, Título Sexto, del Libro Segundo del Código Penal, concurriendo además las circunstancias del delito de asociación ilícita contemplado en el artículo 2o numeral 5o de esta ley, la pena asignada se aumentará en dos grados.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara Baja.

Vea Boletín N° 15.287-07 y siga su tramitación aquí.

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