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Cámara de Diputadas y Diputados.

Proyecto de reforma constitucional plantea que el 10% de la recaudación anual del IVA sea destinado a los fondos de capitalización individual del sistema de pensiones.

Se distribuirá en partes iguales en las cuentas de capitalización individual de todos los trabajadores afiliados al sistema de previsión privado.

14 de octubre de 2022

La moción, patrocinada por los Diputados René Alinco, Gaspar Rivas y la Diputada Pamela Jiles, modifica la Carta Fundamental para establecer que un 10% de la recaudación anual del IVA sea destinado a los fondos de capitalización individual del sistema de pensiones, regido por el DL N° 3.500 de 1980.

Los autores del proyecto de reforma constitucional señalan que la pandemia de Covid-19 dejó en evidencia una gran cantidad de problemas en nuestro país. Entre ellos, en primer lugar, está la necesidad de reponer aquellos fondos que fueron retirados por los cotizantes, debido a la apremiante necesidad causada por la emergencia sanitaria y, en segundo lugar, tomar acciones respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), que constituye uno de los impuestos que más afectan a la clase media emergente y los sectores más carenciados de nuestra sociedad.

Exponen que, frente a estas dos situaciones, surgió la idea de buscar una solución conjunta para ambas problemáticas en una sola iniciativa que permita “ahorrar mediante el consumo”. Ello, porque a través de este proyecto se pretende que la gente, a través de un mayor consumo de bienes y servicios, aumente el nivel de sus ahorros personales contenidos en sus cuentas de capitalización individual, a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

De esta forma, el proyecto de reforma constitucional busca modificar la Carta Magna, a través de una nueva disposición transitoria, para disponer que un diez por ciento de los recursos recaudados por el Fisco por concepto de IVA deban anualmente destinarse a los fondos de pensiones a cargo de las AFP, repartiéndose en partes iguales en las cuentas de capitalización individual de todos los trabajadores afiliados al sistema de previsión privado.

Exponen que esta medida resultará beneficiosa para el país por tres aspectos: En primer lugar, traerá aparejado un significativo aumento del consumo, lo que redundará en un mayor crecimiento de la economía nacional. En segundo lugar, si bien inicialmente privará al Estado de una parte de lo que recaude anualmente por concepto de IVA, consecuencialmente lo liberará, en un futuro, de tener que subsidiar las pensiones a través del Pilar Solidario, puesto que el trabajador, al momento de jubilarse, dispondrá de una cantidad mayor de dinero en su cuenta de capitalización individual de la que tendría si ésta únicamente se hubiese llenado con sus cotizaciones. Y, por último, fomentará la solidaridad, toda vez que, al pagar por un determinado bien o servicio, cada trabajador tendrá la plena consciencia de que su consumo ayudará a los demás cotizantes, al tiempo que sabrá que el consumo de los demás cotizantes lo ayuda a él.

En virtud de lo expuesto, la iniciativa agrega una nueva disposición transitoria a la Constitución, del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1° del inciso cuarto del artículo 65 de esta Constitución, un diez por ciento de los recursos recaudados por el Fisco por concepto de Impuesto al Valor Agregado deberán, cada año, ser destinados a los fondos de pensiones a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Dicho porcentaje será distribuido en partes iguales en las cuentas de capitalización individual de todos los trabajadores afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.

Vea Boletín N°15398-07  y siga su tramitación aquí.

 

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