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Imagen: informaalminuto.cl
Cámara de Diputados.

Respaldan informe de comisión mixta sobre persecución del narcotráfico y crimen organizado.

Uno de los principales puntos debatidos se relacionó al cultivo de cannabis para tratamientos médicos, norma que exige contar con una receta de un médico cirujano. El informe de la mixta pasó ahora al Senado, previo a su despacho a ley.

14 de marzo de 2023

Con 87 votos a favor, 42 en contra y siete abstenciones, la Sala de la Cámara aprobó el informe de comisión mixta sobre el proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y el crimen organizado. Además, regula el destino de los bienes incautados en delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

La propuesta fue despachada en primer trámite por las y los diputados en marzo de 2021. Luego, en el Senado, se efectuaron diversas modificaciones, algunas de las cuales se rechazaron, dando origen a la mixta.

Hoy, la Cámara ratificó lo anteriormente rechazado en cuanto a la diferenciación de sustancias para tráfico o consumo personal y cultivo de cannabis medicinal. Dicha materia se dejaba en manos de un tribunal.

La propuesta establecía que se podían considerar factores vinculados al tipo de droga y su potencialidad lesiva. También la pertenencia a una agrupación de delincuentes o asociación ilícita de quién la posea.

El informe de la comisión mixta pasó ahora al Senado, a su último trámite, previo a su despacho a ley.

Cultivo medicinal de cannabis

Por otra parte, la Sala respaldó que la mixta reincorporara lo propuesto por la Cámara, sobre que se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico. Ello, con la presentación de una receta médica extendida por un médico cirujano tratante.

Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración. Junto a esto, referirse a la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.

La norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis. La pena aumentará en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.

Finalmente, se mantuvo otro punto definido por el criterio del Senado. Específicamente, no se aumentará en dos grados la pena para personas formalizadas en la investigación o que se encuentren en suspensión condicional de procedimiento. Esto, aplicado a delitos de cohecho relacionados a empleados públicos, cuyo beneficio económico o de otra naturaleza provenga de personas naturales. Lo anterior, en el contexto de delitos relacionados a las leyes que sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; y la que crea la Unidad de Análisis financiero y modifica disposiciones en materia de lavado de dinero.

Sanciones penales y bienes incautados

La normativa sanciona a quien administre a alguna persona sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo.

Asimismo, se sanciona a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica. Para ellos, la pena va desde los 3 años y un día a 10 años, más multas de 80 a 400 UTM (entre 5 a 25 millones aprox.).

Otro punto, es que, si algún delito relacionado a las drogas se cometió valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.

Entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público. Igualmente, se podrán destinar a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro. En todo caso, se exigirá que su objetivo institucional sea la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción.

Por otra parte, los inmuebles podrán ser destinados provisionalmente a unidades policiales que participen en la investigación y desarticulación de organizaciones criminales.

Adicionalmente, se define que el Ministerio Público informe trimestralmente sobre los dineros, valores y demás bienes incautados. Dicha rendición se entregará al Ministerio del Interior y al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.

Ejecutivo y debate

La ministra del Interior, Carolina Tohá, valoró el esfuerzo de parlamentarios de distintos sectores que presentaron mociones para combatir el narcotráfico. A su tiempo, explicó que el Ejecutivo presentó indicaciones al proyecto de la administración anterior.

Igualmente, valoró el comiso sin condena como se realiza en otros países. De igual modo, que dichos bienes puedan ser usados por las policías. Por otra parte, que se incluya a otras entidades en la entrega de información, como los clubes de tiro, caza y pesca; fabricación y venta de armas; venta de equinos de raza pura; y venta de joyas preciosas.

Las y los diputados respaldaron el aporte de la norma en trámite. Principalmente, resaltaron la forma en que perfecciona el mecanismo de comiso y de fiscalización de los bienes incautados de organizaciones criminales.

Sin embargo, hubo desacuerdo respecto a permitir el cultivo medicinal de cannabis. Así, mientras algunos pidieron no criminalizar a los pacientes que la utilizan; otros, dijeron que dicha norma no se relaciona con el proyecto y que la marihuana es la puerta de entrada para el consumo. Al respecto, la diputada Ximena Ossandón planteó una reserva de constitucionalidad.

 

Vea mensajediscusión y análisis Boletín Nº13588 y refundidos.

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