Noticias

Proceso Constitucional

Comisión Experta: Las enmiendas que buscan dar forma a los órganos autónomos del Poder Judicial en el anteproyecto de nueva Constitución

Las enmiendas proponen una ley institucional que regule a los órganos autónomos y una Comisión Nacional de Justicia que los coordine. Sin embargo, el foco de disputa entre oficialismo y oposición es el nombramiento de los miembros de cada órgano.

12 de mayo de 2023

Por Maite Palacios y Vicente Widmer

El artículo 148 del Capítulo VII del actual anteproyecto de la Comisión Experta, aprobado en general y por unanimidad, establece que, “para el nombramiento, función disciplinaria, formación de jueces, así como la gestión y administración del Poder Judicial, existirá un órgano por cada uno de ellos, los que funcionarán autónomamente y de forma coordinada”. Además, se estableció que la composición y funcionamiento será regulada por una ley de quórum. 

Entre el oficialismo y la oposición ha existido consenso en que las regulaciones de los órganos sean a través de una ley institucional, pese a que en un comienzo se estableció que fuese a través de leyes de quórum. Por lo mismo, ambos sectores presentaron indicaciones al respecto. 

La necesidad de separar las funciones jurisdiccionales de las que no lo son, tuvo un amplio consenso por parte de todos los expertos de la subcomisión. “Una de las críticas reiteradas en el último tiempo ha sido la confusión de las tareas jurisdiccionales con las no jurisdiccionales en manos de una sola institución: la Corte Suprema. Ello le hace distraerse de su labor esencial, administrar la justicia, y la introduce en temas de naturaleza política y administrativa”, expresó el comisionado Hernán Larraín.

El órgano encargado de la coordinación de estas cuatro instituciones está explicitado en el artículo 149 del anteproyecto; aunque aún no existe claridad en su nombre. El oficialismo presentó una enmienda para modificar su título provisorio de Comisión Coordinadora de Justicia a Comisión Nacional de Justicia. Por otro lado, la subcomisión de Función Jurisdiccional, encargada de la discusión del capítulo, presentó en conjunto una indicación para nombrar a la institución como Consejo Coordinador del Poder Judicial.

La gran diferencia entre las enmiendas presentadas por el oficialismo y la oposición es el sistema de nombramiento de sus integrantes: mientras que los primeros abogan porque sea una materia de ley, y, por tanto, que no sea un tema constitucional, los segundos proponen que el texto explicite claramente que quien lo presida sea el presidente de la Corte Suprema. Además, los comisionados Jaime Arancibia (RN), Natalia González (UDI), Bettina Horst (UDI), Máximo Pavez (UDI), Marcela Peredo (RN) y Sebastián Soto (EVO); sugieren que esté compuesto por dos miembros de la Corte Suprema y dos miembros de cada uno de los órganos autónomos mencionados.

El detalle de los Órganos autónomos

El siguiente artículo, el número 150, introduce a la Comisión de Nombramientos Judiciales. Según la indicación ingresada por la subcomisión de Función Jurisdiccional, la institución “designará o nombrará, según el caso, a los ministros y fiscales judiciales de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, los jueces letrados, los auxiliares de la administración de justicia y las demás personas que establezca la ley”.

El segundo órgano, introducido en el artículo 152, es la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que “tendrá la función de administrar y gestionar los recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos del Poder Judicial”. 

El encargado de “velar por el correcto actuar de los jueces, de los funcionarios del Poder Judicial, de los auxiliares de la administración de justicia y de las demás personas que determine la ley” será la denominada Fiscalía Judicial, explicitada en el artículo 153. Para evitar labores jurisdiccionales, el órgano sólo podrá investigar faltas disciplinarias y a la probidad, pero corresponderá a un Tribunal de Conducta resolver sobre las materias, tribunal conformado específicamente para estos efectos.

Finalmente, el último órgano que el anteproyecto introduce es la Academia Judicial, el que estará a cargo de “la formación de los postulantes a cargos de jueces y ministros de Cortes de Apelaciones y el perfeccionamiento de todos los integrantes del Poder Judicial”.

Sin embargo, el foco de disputa entre ambos sectores es el nombramiento de los miembros de los órganos, tal como sucede también con el Consejo Coordinador del Poder Judicial. Mientras el oficialismo desea no explicitarlo en el proyecto constitucional, los segundos proponen que quede estipulado, y en cada uno de los artículos presentaron normas al respecto.

Este martes, la subcomisión mantuvo una reunión con el Presidente de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes, la ministra vocera de la misma entidad, Ángela Vivanco y el ministro Leopoldo Llanos. Durante la sesión, los magistrados propusieron la creación de un ente coordinador de los cuatro organismos que tenga facultades resolutivas. En este sentido, el mandamás de la Corte Suprema expresó que “es necesario que exista una suerte de autoridad superior que también imponga algunos criterios o resuelva algunos conflictos que eventualmente pudieran surgir respecto de las competencias de cada uno de estos órganos autónomos”.

Estas enmiendas serán discutidas por la subcomisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos y necesitan una aprobación de tres quintos antes de ser discutidas por el pleno de la Comisión Experta.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *