Reclamación interpuesta por diversas agrupaciones sociales.
Primer Tribunal Ambiental ordena anular Decreto Supremo que aprobó el Plan de Descontaminación Atmosférica de Calama.
El órgano jurisdiccional también estableció que se debe realizar un nuevo estudio con los datos de las estaciones de monitoreo que representen correctamente a la totalidad de la población de Calama y que se disponga de las medidas necesarias que atiendan a mejorar su realidad atmosférica.

En un fallo dictado hoy, el Primer Tribunal determinó acoger el reclamo de diversas agrupaciones de Calama y ordenó al Ministerio de Medio Ambiente anular el Decreto Supremo Nº5 que aprobó el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de esa ciudad.
El órgano jurisdiccional también estableció que se debe realizar un nuevo estudio con los datos de las estaciones de monitoreo que representen correctamente a la totalidad de la población de Calama y que se disponga de las medidas necesarias que atiendan a mejorar su realidad atmosférica.
La fundamentación de la sentencia se centra, por una parte, en la revisión efectuada por el tribunal de la decisión tomada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en orden a no otorgar representatividad poblacional a la estación de monitoreo instalada en el Servicio Médico Legal.
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