Diario Constitucional

Vigencia diferida.

Ley que prohíbe la venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad; asimila a productos de tabaco los sistemas electrónicos de administración de nicotina, y regula los dispositivos sin nicotina, fue publicada en el Diario Oficial.

Regula de manera más estricta la comercialización y uso de productos vinculados con el tabaco, particularmente de los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN) y de productos sin nicotina (SESN).

Por Redacción·07 de enero de 2024·3 min de lectura
Ley que prohíbe la venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad; asimila a productos de tabaco los sistemas electrónicos de administración de nicotina, y regula los dispositivos sin nicotina, fue publicada en el Diario Oficial.
Referencial

Con fecha 4 de enero de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.642, que modifica la Ley N° 19.419, regula actividades que indica relacionadas con el tabaco, para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad; asimilar a productos de tabaco los sistemas electrónicos de administración de nicotina, mecanismos semejantes sin nicotina y productos de tabaco calentado; y, regular los dispositivos sin nicotina.

La ley, iniciada por moción de las ex senadoras Jacqueline Van Rysselberghe y Carolina Goic, de los ex senadores Guido Girardi y Rabindranath y del senador Francisco Chahuán; tiene como fundamento incluir a los cigarrillos electrónicos», también denominados «vaporizadores», en la regulación de los productos elaborados en base tabaco por el riesgo que importan a la salud.

Por lo anterior, su objeto es regular de manera más estricta la comercialización y uso de productos vinculados con el tabaco, particularmente de los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN) y de productos sin nicotina (SESN).

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