Diario Constitucional

Al presidente del Cámara.

Corte Suprema envía informe sobre proyecto de ley que «Establece nueva ley de pesca».

Sobre las infracciones y las multas, la Corte Suprema determinó que "si bien existe un correlato claro entre los diversos tipos de infracciones, Menos graves , Graves y Gravísimas , y la multa que le corresponde a cada una, así como las circunstancias para su determinación, la propuesta es confusa en la distribución de competencias entre los órganos a los que les corresponde el conocimiento de cada una de estas.

Por Redacción·31 de enero de 2024·3 min de lectura
Imagen: saeeg.org/
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Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley, iniciado en mensaje el 2 de enero de 2024 que “Establece una nueva ley de pesca y deroga disposiciones que indica» (Boletín N° 16.500-21).

La resolución dice que, es necesario destacar que la estrategia regulativa que establece el proyecto es sólo parcialmente innovadora. En la actualidad, según la regulación vigente, no existe un régimen único de sancionalibidad administrativa a las infracciones a la ley de pesca, distinguiéndose entre los procedimientos administrativos –solo aplicables a ciertas infracciones relativas a la pesca artesanal (art. 55 i y siguientes de la Ley de Pesca)– y aquellos judiciales (de competencia de los tribunales civiles o de policía local, según el caso), de aplicación general, que se encuentran establecidos en el párrafo segundo del 2 título IX de la actual ley de pesca.

Por el contrario, en el nuevo proyecto, se establece un procedimiento administrativo de aplicación exclusiva para cuatro de las infracciones que contempla la ley, sujeto a un recurso de reclamación; y uno judicial de aplicación general y supletoria, sujeto a recurso de apelación, para todas las otras infracciones a la ley, reglamentos y medidas de administración.

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