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Proyecto de ley propone extinguir el dominio de los bienes que hayan sido adquiridos con un capital ilícito o con una finalidad ilícita.

El perfil del criminal de bandas organizadas nos habla de un individuo perverso, egocéntrico y que le otorga un alto valor a los bienes materiales y a los lujos. De hecho, una de las principales razones por las cuales actúan dicen relación, precisamente, con la posibilidad de adquirir bienes de alto valor de los cuales poder presumir, de allí la importancia de decretar judicialmente la extinción del dominio de los mismos y su traspaso al Estado.

9 de julio de 2024

La iniciativa, patrocinada por los diputados Jaime Araya, Miguel Ángel Calisto, Raúl Leiva, Andrés Longton, Daniel Manouchehri y Héctor Ulloa, junto a la diputada Camila Musante, propone la extinción del dominio de los bienes que hayan sido adquiridos con un capital ilícito o con una finalidad ilícita.

Los autores de la moción sostienen que, como país debemos enfrentar con todas nuestras fuerzas y capacidades una amenaza que hasta hace unos años atrás parecía lejana y ajena a nuestra realidad: el crimen organizado y el imperio del narcotráfico.

Agregan que, el simple hecho de subir las penas asociadas a los delitos de crímenes que perturban nuestra tranquilidad, no es una medida suficiente, ya que la cárcel no ha resultado ser el escarmiento suficiente para delincuentes y criminales de alta peligrosidad. Muchos de ellos no tienen moral ni sienten el valor por la vida (propia ni ajena), por lo que están dispuestos a realizar acciones altamente violentas y reprochables en contra de los ciudadanos.

Buscando atender a esta situación, colocan el énfasis en que el perfil del criminal de estas características corresponde al de un individuo perverso, egocéntrico y que le otorga un alto valor a los bienes materiales y a los lujos.

Refieren que países a los cuales el flagelo del crimen organizado, el terrorismo y el narcotráfico ha golpeado mucho antes que en Chile, han incorporado dentro de sus legislaciones, leyes que atacan directamente el patrimonio de las bandas de crimen organizado y de los sujetos en particular. Así, por ejemplo, mencionan a Colombia, con la dictación de la ley 1708 del año 2014, la cual contiene el “Código de Extinción del Dominio”, donde se regula de manera detallada todos los aspectos y circunstancias sobre las cuales se extinguirá el dominio de bienes cuyo origen sea ilegítimo, incluyendo un procedimiento judicial al respecto. Añaden que la misma situación ocurre en Perú, Guatemala, Ecuador y México.

En consideración de lo anterior, proponen que se legisle sobre la extinción del dominio de los bienes que hayan sido adquiridos con un capital ilícito o con una finalidad ilícita.

Aclaran que, aun cuando en nuestro país rige el Derecho de Propiedad, consagrado en el artículo 19° numeral 24° de nuestra Constitución, dicho derecho establece como obligación y limitación su función social. En tal sentido, consideran que el Estado debe arrebatar el dominio de los bienes pertenecientes a aquellas organizaciones o sujetos que los han adquirido con dinero proveniente del narcotráfico, o que serán empleados para cometer un acto terrorista u otro crimen de alta connotación pública, justificándose en los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad pública.

Es más, promueven que la extinción del dominio sobre esos bienes para ser entregados en propiedad y administración al Estado sea sin ningún tipo de retribución, es decir, no estamos hablando de una expropiación.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de C Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto de la moción Boletín N° 16.935-07 y siga su tramitación aquí.

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