Derecho de petición.
Reiteradas y excesivas presentaciones de particulares pueden no ser atendidas por la Contraloría General de la República si implican un ejercicio abusivo de derechos.
A modo ejemplar, dichas solicitudes pueden tratarse de insistencias continuas en un determinado asunto o las efectúan de manera masiva por uno o más peticionarios, sin aportar elementos de juicio distintos a los que ya se han analizado en diversas oportunidades.

Se solicitó a la Contraloría General de la República, analizar el criterio contenido en el dictamen N° E428343 de 2023, toda vez que, dicho pronunciamiento impediría la libre formulación de denuncias.
Cabe hacer presente que mediante el aludido dictamen se da respuesta sobre la forma en que las Sedes Regionales de la Entidad de Fiscalización deben proceder frente a las excesivas y reiteradas presentaciones de algunos particulares, que impiden una adecuada racionalización en el ejercicio de sus funciones.
Así, el citado documento concluyó que, en caso de no cumplirse con los presupuestos que este Organismo de Control ha establecido para optimizar el ejercicio de su labor dictaminadora o con los criterios fijados para determinar la factibilidad de la ejecución de procedimientos de control no planificados, resulta posible abstenerse de dar la respuesta requerida o adoptar las acciones solicitadas, lo que también puede aplicarse a algunas peticiones de particulares excesivas o reiteradas.
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