Italia condenada por privacidad
El TEDH condena a Italia por violar el derecho a la privacidad de una asociación masónica.
La Corte Europea de Derechos Humanos determinó que la búsqueda y confiscación de documentos personales de una asociación masónica en Italia, ordenada por una comisión parlamentaria, fue desproporcionada y violó el Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictaminó que las acciones tomadas por una comisión parlamentaria de investigación en Italia contra una asociación masónica violaron el derecho a la privacidad, protegido por el Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso se remonta a 2017, cuando una comisión parlamentaria encargada de investigar la relación entre la mafia y la masonería ordenó la búsqueda y confiscación de documentos en las instalaciones del Grande Oriente de Italia, una importante asociación masónica. La orden incluyó la incautación de datos personales de más de 6,000 miembros, abarcando un periodo de 27 años, sin justificar de manera específica su alcance.
La asociación se había negado previamente a proporcionar la lista de sus miembros, argumentando la necesidad de proteger la confidencialidad y los datos personales. Sin embargo, la comisión procedió con la intervención, lo que resultó en la incautación de documentos tanto físicos como digitales.
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