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domingo 27 de abril de 2025
No habrían existido “términos justos”.

Compensación a pueblo indígena por títulos de propiedad se reconoce por Corte Suprema de Australia.

El artículo 51(XXXI) de la Constitución establece que la adquisición de propiedad por parte del Estado Libre Asociado debe realizarse en “términos justos”. En este sentido, el Clan Gumatj argumentó que la facultad del Parlamento de la Commonwealth no podía extenderse a la adquisición de propiedad sin cumplir dicha condición.

La Corte Suprema de Australia dictó una sentencia en el caso Commonwealth of Australia v Yunupingu (en nombre del Gumatj Clan or Estate Group) & Ors, mediante la cual rechazó la apelación presentación por la Mancomunidad de Australia (Commonwealth). La decisión confirma la sentencia previamente dictada por el Pleno del Tribunal Federal de Australia y reafirma las conclusiones jurídicas a favor del Clan Gumatj respecto a su reclamación de compensación por títulos nativos.

El litigio se originó a raíz de la demanda de indemnización presentada en 2019 por el Dr. Galarrwuy Yunupingu, en representación del Clan Gumatj (tribu indígena), en relación con los derechos de propiedad nativa en la península de Gove, en el Territorio del Norte. La reclamación se basó en la supuesta obligación de la Commonwealth de compensar a los pueblos Yolngu por la extinción o el menoscabo de sus derechos de título nativo derivados de actividades mineras y de explotación de recursos en la zona, conforme a lo dispuesto en la normativa Native Title Act 1993. La demanda comprendía actos previos a la entrada en vigor de la ley Racial Discrimination Act 1975, lo que planteó cuestiones jurídicas sobre su aplicabilidad.

La Corte analizó tres cuestiones fundamentales en su decisión. La primera se refería a la facultad constitucional del Parlamento de la Commonwealth para legislar en materia territorial y si dicha competencia incluía la posibilidad de adquirir propiedad en términos distintos a los estipulados en el artículo 51 de la Constitución.

La segunda cuestión era si la extinción de derechos de títulos nativos antes de la promulgación de la Native Title Act 1993 constituía una adquisición de propiedad en los términos del citado precepto constitucional. La tercera cuestión estaba relacionada con la concesión de un arrendamiento pastoral en 1903 por parte del Gobernador de Australia Meridional y sus posibles implicaciones sobre los títulos nativos.

El artículo 51(xxxi) de la Constitución establece que la adquisición de propiedad por parte del Estado Libre Asociado debe realizarse en “términos justos”. En este sentido, el Clan Gumatj argumentó que la facultad del Parlamento de la Commonwealth no podía extenderse a la adquisición de propiedad sin cumplir dicha condición. La Corte ratificó la interpretación sostenida por el Pleno del Tribunal Federal y desestimó la posición de la Commonwealth, según la cual la exigencia de “términos justos” no se aplicaba en el contexto de los territorios.

Asimismo, el Tribunal determinó que, en virtud de la cláusula de “términos justos”, los derechos e intereses de los títulos nativos podían ser considerados una forma de propiedad adquirida por el Estado Libre Asociado. En consecuencia, la Corte estimó que la desestimación de la apelación implicaba la posibilidad de que la Commonwealth sea declarada responsable de una indemnización a favor del Clan Gumatj, conforme a lo resuelto en instancias inferiores.

Vea sentencia Corte Suprema de Australia.

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