Corte Suprema ordena pago de bono
Corte Suprema ordena pago de bono a jueza que se ausentó por licencias médicas de su hija
Revoca fallo de la Corte de Talca y acoge recurso de protección, al considerar discriminatorio negar el incremento por desempeño, y en razón que el precepto legal fue declarado inaplicable para la resolución del asunto.

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de protección interpuesto por una jueza en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) por no pagarle el incremento de desempeño individual y colectivo correspondiente al año 2023.
La magistrada alegó que la decisión de no pagarle el incremento de desempeño individual y colectivo es arbitraria e ilegal, considerando que le faltaron solo 5 días para cumplir con el tiempo mínimo requerido y sus ausencias se debieron a licencias médicas por enfermedad de su hija lactante. De ese modo se la discrimina y no se resuelve con perspectiva de género. Además, sus licencias médicas no se interpretaron su conforme al artículo 199 del Código del Trabajo, al no considerar sus licencias en igual condición que el permiso postnatal y postnatal parental, decisión que además contradice los nuevos lineamientos del Poder Judicial sobre igualdad de género.
De otra parte, sostuvo que se contradice la jurisprudencia en la materia -una sentencia de la Corte de Valparaíso- y dictámenes de la Contraloría General de la República sobre los efectos de las licencias médicas, como también un fallo del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el artículo 4°, inciso quinto, de la Ley N° 19.531, que reajusta e incrementa las remuneraciones del poder judicial modifica el Decreto Ley N° 3.058, de 1979, crea el Departamento de Recursos Humanos en La Corporación Administrativa del Poder Judicial, y modifica el Código Orgánico de Tribunales, una norma similar.
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