El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal (Argentina) resolvió dictar el procesamiento sin prisión preventiva de la diputada argentina Vanina Biasi (Partido Obrero), tras ser denunciada por la presunta comisión de un delito de incitación a la discriminación, conforme al código penal, en virtud de diversas publicaciones en redes sociales en las que buscaba “solidarizar” con el pueblo palestino.
La investigación se inició a raíz de una denuncia interpuesta por un fiscal federal, por una serie de publicaciones que la imputada realizó en su cuenta de X, en las que habría criticado duramente al sionismo y comparado al Estado de Israel con el régimen nazi, entre otros dichos considerados agraviantes. Por este motivo, se consideró que sus aseveraciones contravenían la normativa antidiscriminación.
Por su parte, Biasi rechazó las acusaciones en su contra, aduciendo que sus comentarios respondían a una postura política antisionista y que no configuraban actos de antisemitismo. Asimismo, sostuvo que se encontraba amparada por el derecho constitucional a la libertad de expresión, y cuestionó que sus dichos fueran considerados discriminatorios.
En su análisis de fondo, el Juzgado observa que, “(…) nuestro país ha sufrido en primera persona las consecuencias del terrorismo y la culminación de todos aquellos pensamientos antisemitas, en la perpetración de ambos ataques. Es por ello, que el baremo utilizado aquí tiene en cuenta aquella circunstancia que, por su gravedad histórica, inclina el fiel de la balanza a favor de la hipótesis acusatoria en el marco del cotejo del ámbito de libertad de expresión de cada ciudadano y de respeto de los principios de igualdad y no discriminación”.
Agrega que, “(…) la intención del hablante queda clara en cada una de sus publicaciones en las que llama al Estado de Israel, ocupante, genocida, nazi y responsable de apartheid. Es reiterativa en aquellas cuestiones, lo que más allá de sus expresiones de descargo, da la pauta de que su intención es la de transmitir ese mensaje de odio. Con relación al contenido y la forma de la expresión, basta con referirse a la definición de antisemitismo adoptada por la IHRA y al análisis realizado precedentemente en este considerando para concluir que sus mensajes son discriminatorios contra la comunidad judía”.
Comprueba que, “(…) no identifica al gobierno actual, sino que habla constantemente del Estado de Israel, dando a entender que cualquier política adoptada por éste, a lo largo de su historia, ha sido de corte genocida, o nazi, lo que hace que su crítica sea dirigida a la población que ha vivido en esa tierra desde la creación del Estado de Israel, y no dirigida a las autoridades actuales, como la nombrada intenta justificar a posteriori”.
El Juzgado concluye que, “(…) las acciones típicas como la de alentar o incitar a la persecución o el odio se encuentran reflejadas en el discurso de Biasi, ello al caracterizar al Estado de Israel y al sionismo, como nazi, genocida y responsable de apartheid; incitando al odio sobre las personas que se identifican con ello. Como ya ha quedado reflejado, criticar al sionismo o al Estado de Israel en su totalidad, es responsabilizar a la comunidad judía por los actos del gobierno israelí, y ello lleva a visibilizar e incitar al odio contra aquella comunidad”.
Al tenor de lo expuesto, el Juzgado decidió imputar penalmente a la parlamentaria por una presunta violación a la ley de antidiscriminación.
Vea sentencia Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 4209/2023.