La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Constructora Movitex Construcciones SpA, titular de la planta de asfalto Movitex-Corrales del Sur, ubicada en la comuna de Puyehue, Región de Los Lagos. La medida se adopta tras constatar superaciones a los niveles permitidos por la Norma de Emisión de Ruidos (Decreto Supremo N° 38), aplicable a zonas rurales.
El procedimiento contempla la formulación de un cargo calificado como leve, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de la SMA. En consecuencia, la empresa se expone a una sanción que podría alcanzar hasta las 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
El origen de los niveles de ruido denunciados correspondería al funcionamiento de la planta de procesamiento de áridos del proyecto, la cual opera con una planta chancadora y una planta asfáltica, además del tránsito de camiones y uso de maquinaria pesada.
En total, la SMA recibió ocho denuncias vinculadas al caso, una de ellas ingresada mediante una petición sectorial de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud de la Región de Los Lagos.
Como parte de sus atribuciones de fiscalización, la Superintendencia realizó mediciones acústicas y una inspección ambiental el día 21 de enero de 2025, ocasión en la que también requirió al titular información sobre el plano del proyecto, permisos sectoriales vigentes y medidas de mitigación implementadas.
Tras reunir los antecedentes, la autoridad ambiental constató excedencias en los niveles de presión sonora corregidos (NPC) establecidos en la normativa, lo que motivó el inicio formal del proceso sancionatorio.
Al respecto, la jefa regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, explicó que “la normativa de ruidos establece límites para el nivel de decibeles que puede producir cualquier proyecto u actividad económica, los cuales deben ser respetados por los titulares. La exposición al ruido genera una afectación permanente para la calidad de vida de las personas, y se constituye como uno de los principales motivos de denuncias ante la SMA”.
Asimismo, la autoridad regional precisó que el titular “cuenta con un plazo ampliado de oficio de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento, y de 22 días hábiles para formular sus descargos”.