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martes 20 de mayo de 2025
Restricción temporal.

Normativa que recorta fondos destinados a investigación de universidades es suspendida por un tribunal estadounidense.

Los demandantes hicieron referencia a la naturaleza de los costos indirectos asumidos por las universidades en el marco de proyectos financiados con fondos federales. A modo de ejemplo, mencionaron instalaciones especializadas en energía nuclear, sistemas informáticos avanzados para análisis de datos, y el personal técnico necesario para operar dichas infraestructuras.

Una jueza del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Massachusetts, dictó una orden de restricción temporal en el procedimiento interpuesto contra el Departamento de Energía de los Estados Unidos (DOE), fallando así en favor de los demandantes. La medida suspende provisionalmente la aplicación de la denominada “Política de Límite de Tarifas”, anunciada por dicho organismo en abril del presente año.

La nueva política del DOE contempla una modificación sustancial en la financiación de costos indirectos asociados a proyectos de investigación científica desarrollados en instituciones de educación superior. Dicha modificación implica una reducción aproximada del 50 % en la financiación destinada a cubrir gastos relacionados con infraestructura, administración y otros recursos auxiliares vinculados a la ejecución de los proyectos.

La demanda fue presentada por diversas universidades e instituciones de educación superior, incluyendo el Instituto Tecnológico de Massachusetts, el Instituto Tecnológico de California y la Universidad de Cornell, entre otras. En su escrito inicial, los demandantes solicitaron una sentencia declaratoria que invalidara la nueva política del DOE, calificándola de contraria a derecho, y medidas además reclamaron la emisión de cautelares de carácter preliminar y permanente.

Entre los argumentos expuestos, los demandantes hicieron referencia a la naturaleza de los costos indirectos asumidos por las universidades en el marco de proyectos financiados con fondos federales. A modo de ejemplo, mencionaron instalaciones especializadas en energía nuclear, sistemas informáticos avanzados para análisis de datos, y el personal técnico necesario para operar dichas infraestructuras.

La jueza ordenó al DOE abstenerse de aplicar la normativa impugnada y dispuso que se notifique formalmente a los beneficiarios de subvenciones potencialmente afectados en un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden. Asimismo, estableció la obligación del DOE de presentar informes quincenales al tribunal, con el fin de garantizar la continuidad de los desembolsos relacionados con los costos indirectos durante la vigencia de la medida cautelar.

El DOE, por su parte, emitió un comunicado en el que estimó que la propuesta política podría generar un ahorro anual de aproximadamente 405 millones de dólares. El secretario de Energía, Chris Wright, también demandado en el procedimiento, manifestó que el objetivo de la medida es asegurar una utilización eficiente de los fondos públicos asignados a la investigación.

Cabe destacar que la política en cuestión solo afecta a instituciones de educación superior, sin aplicarse a otros tipos de beneficiarios de subvenciones federales otorgadas por el DOE. En el contexto del litigio, los demandantes hicieron referencia a una normativa similar adoptada recientemente por los Institutos Nacionales de Salud (NIH), cuya aplicación fue igualmente suspendida por orden judicial tras la interposición de una demanda por parte de la Asociación de Facultades de Medicina de Estados Unidos.

El Departamento de Energía dispone de plazo hasta el martes siguiente a la resolución para presentar su escrito de oposición a la moción de los demandantes.

Vea texto del fallo.

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