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martes 20 de mayo de 2025
Protección de menores.

TEDH condena a Francia por no proteger adecuadamente a menores víctimas de violación.

El tribunal critica la falta de consideración a la vulnerabilidad y edad de las víctimas, reavivando el debate sobre el consentimiento en la ley francesa.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló en contra de Francia en tres casos de presunta violación a menores, señalando deficiencias en la protección y manejo de las denuncias por parte de las autoridades francesas.

Las mujeres denunciaron haber sido violadas cuando eran menores de edad (13, 14 y 16 años). Alegaron que las autoridades francesas no hicieron lo suficiente para protegerlas.

El TEDH dictaminó que los investigadores y las cortes francesas no protegieron adecuadamente a las denunciantes. En dos de los casos, el Tribunal señaló que los procedimientos penales no se manejaron con la rapidez y el cuidado debidos. Criticó que no evaluaran adecuadamente el impacto de las circunstancias y la vulnerabilidad de las víctimas, especialmente considerando su edad.

El fallo deja establecido que se violaron artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos: los que prohíben la tortura y el trato inhumano o degradante y el que protege el derecho de las mujeres a que se respete su vida privada. Asimismo, que las autoridades francesas permitieron «el uso de declaraciones moralizantes y culpabilizadoras, que propagaban estereotipos de género».

El Tribunal destaca que la ley francesa actual considera violación cuando hay «violencia, coerción, amenaza o sorpresa», pero no incluye explícitamente el concepto de consentimiento, lo que podría no ser suficiente para proteger a las víctimas menores de edad.

Este fallo pone de manifiesto la necesidad de revisar cómo se definen y procesan los casos de violación en Francia, especialmente cuando involucran a menores de edad. Aunque en ese país se han tomado medidas para endurecer las penas por delitos sexuales, incluyendo establecer la edad de consentimiento en 15 años, el concepto de consentimiento aún no se ha incorporado plenamente en la definición legal de violación, señala el TEDH.

 

 

 

 

 

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