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miércoles 25 de junio de 2025
Reforma constitucional.

Senadores proponen «limpiar» la Constitución de normas obsoletas y transitorias.

Iniciativa busca recuperar la supremacía constitucional eliminando disposiciones que han perdido vigencia y eficacia. Suprime normas relacionadas con los procesos constituyentes fallidos y además remueve disposiciones que son materia de ley ordinaria.

La moción, patrocinada por las senadoras Luz Eliana Ebensperger y Paulina Núñez, junto a los senadores Iván Flores, Manuel José Ossandón y Jaime Quintana, propone reformar la Constitución para eliminar artículos permanentes y disposiciones transitorias sin vigencia, suprimir normas relacionadas con los procesos constituyentes fallidos y eliminar disposiciones que son materia de ley ordinaria a fin preservar solo el contenido propio de un texto constitucional.

La iniciativa, en un primer apartado referido al marco conceptual del Estado Moderno y la Democracia Constitucional, se refiere a la evolución del Estado Moderno que surge en los siglos XVII y XVIII, se consolida en los siglos XIX y XX evolucionando hacia el Estado de Derecho, cuyas características principales son el reconocimiento y protección de derechos fundamentales, la sujeción de instituciones y ciudadanos al orden jurídico, el imperio del Derecho (monopolio legítimo del uso de la fuerza), a la democracia constitucional que califica como la mejor alternativa para cumplir los imperativos del Estado de Derecho basada en el principio de representación y en la jerarquía normativa de la Constitución como norma suprema.

Enseguida, los autores de la iniciativa aluden a los contenidos mínimos que debe tener una Constitución; Derechos y libertades fundamentales, régimen político, forma de Estado, forma de Gobierno o sistema político, independencia del Poder Judicial y un sistema de contrapesos institucionales.

También aluden a la Constitución como norma contra mayoritaria cuya legitimidad deriva del Soberano a través del principio de representación, a la importancia que tienen las reglas procesales para conformar la voluntad del Soberano y a la necesidad de contar con un texto constitucional con reglas esenciales, evitando detalles propios del legislador común.

Enseguida, se refieren a la evolución del texto de la actual Constitución en que reconocen una etapa de vigencia original desde el 11 de septiembre 1981 con una aplicación parcial de sus normas; del 11 de marzo 1990 en que aplica en plenitud, pero a la vez con reformas significativas que se le van introduciendo, entre otras, la de la Ley N° 18.825 (1989) que se consensuo con la oposición, la de 2005 durante el gobierno del Presidente Lagos, y otras reformas más recientes algunas de las cuales califican de peculiares. Así, la incorporación de normas transitorias para los procesos de elaboración de una nueva constitución, el 2019 y 2023, ambos textos rechazados por los plebiscitos de 4 septiembre 2022 y 17 diciembre 2023, respectivamente. El reajuste de remuneraciones de autoridades, el retiro de fondos de pensiones.

Sobre esto último, resalta los problemas que trae consigo el activismo constitucional: «Cuando los agentes políticos creen y promueven el activismo constitucional, esto es, desarrollar acciones de políticas públicas a través de la Constitución Política, se inflige un daño al Estado de Derecho y a la Democracia Constitucional.»

Describen como objetivos de la reforma que proponen, recuperar la supremacía constitucional del texto de la actual Carta Fundamental, dedicando su contenido exclusivamente al cuerpo de reglas objetivas y generales que rigen la organización de la vida social y política del país, el amparo y protección de los derechos de las personas, a las normas sobre sujeción de las instituciones y las personas a la ley, y las reglas sobre el imperio del Derecho.

En vista de lo anterior, estiman que debe suprimirse del actual texto constitucional los artículos permanentes y las disposiciones transitorias que han perdido vigencia (derogación tácita), oportunidad, sentido o propósito y eficacia. De aprobarse la reforma, se contará con un texto constitucional “más liviano”, accesible y que solo contará con reglas útiles.

Para ello, plantean suprimir del texto constitucional todas aquellas normas permanentes y transitorias que se relacionan con los dos procesos constituyente fallidos, pero también eliminar las normas transitorias que han perdido oportunidad y vigencia, y especialmente aquellas normas que en su esencia son materia de ley.

El proyecto de reforma constitucional cumple su primer trámite constitucional en el Senado y pasó para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

 

Vea el texto de la moción Boletín N°17.516-07 y siga su tramitación aquí.

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