Diario Constitucional

Se acoge demanda de familia

Justicia española ordena cierre de nueve inmuebles de uso turístico por ruidos molestos y actos vandálicos

Ordenó el cierre de nueve pisos turísticos por vulnerar el derecho a la intimidad de una familia. Los afectados, un matrimonio con hijos menores, denunciaron durante años ruidos, suciedad, y conductas ilegales que afectaban a su vida familiar. El juzgado reconoce la gravedad y permanencia de las molestias, condenando a las empresas responsables al cese de la actividad y al pago de más de 38.000 euros por daños morales.

Por Redacción·20 de julio de 2025·4 min de lectura
imagen: periodicodelmeta
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El Juzgado de Primera Instancia Nº44 de Madrid (España) acogió la demanda que una familia dedujo contra los propietarios de unos departamentos turísticos, por los graves perjuicios sufridos a causa de la mala conducta de los arrendatarios de los inmuebles en cuestión. Estimó vulnerado el derecho fundamental a la intimidad personal y Familiar de los demandantes por inmisión de ruidos molestos y la realización de actividades ilícitas e insalubres en el lugar

Una familia conformada por dos menores y sus padres presentó una demanda contra cuatro empresas por la presunta vulneración del derecho a la intimidad personal y familiar. Alegaron que los inquilinos de los nueve departamentos turísticos que arrendaban en el edificio donde residían generaban ruidos molestos, actos incívicos y situaciones insalubres, afectando el normal desarrollo de su vida doméstica. Adjuntaron múltiples documentos, entre ellos informes médicos, resoluciones administrativas y actas policiales.

Según los hechos narrados, la actividad turística de dichos inmuebles carecía de la correspondiente regularización administrativa y habría continuado a pesar de varias órdenes de cese emitidas por as autoridades. Los demandantes adujeron que su vivienda estaba rodeada por los inmuebles explotados turísticamente, lo cual ocasionaba una exposición constante a inmisiones acústicas y molestias. Además, denunciaron una supuesta pasividad por parte del administrador, quien también sería propietario de parte de los inmuebles objeto del litigio.

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