Diario Constitucional

Designación de Capellán Nacional

Contraloría: la propuesta de confesiones religiosas para cargo de Capellán Nacional no es vinculante, pero debe ser considerada por las FFAA

El órgano contralor determinó que las Fuerzas Armadas deben solicitar formalmente a las confesiones religiosas la propuesta de candidatos para el cargo de capellán nacional, de acuerdo con el decreto N° 155 de 2007. Aunque dicha propuesta no es vinculante, no puede ser reemplazada por decisiones unilaterales ni por la intervención del capellán saliente, debiendo la Armada regularizar el procedimiento de designación vigente.

Por Redacción·12 de octubre de 2025·1 min de lectura
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Referencial

La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E156132N25 de fecha 12.09.2025, estableció que la propuesta de un candidato a capellán nacional efectuada por una confesión religiosa a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas no es vinculante, pero no puede omitirse ni sustituirse por la asesoría unilateral del capellán saliente.

El pronunciamiento respondió a consultas del Comandante en Jefe de la Armada de Chile y del Presidente de la Mesa Ampliada Unión Nacional Evangélica-Chile sobre la juridicidad de la designación del actual Capellán Nacional Evangélico en la Armada, realizada sin previa consulta a dicha organización.

Entre los principales puntos abordados, la Contraloría precisó que:

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