Poder Judicial: concursos internos
Corte ordena mantener por tres años puntaje de funcionaria judicial
La Corte de Concepción acogió un recurso de protección contra la CAPJ y dejó sin efecto la asignación de puntaje cero aplicada a una funcionaria que no concurrió a una nueva evaluación. El tribunal sostuvo que la normativa vigente obligaba a mantener por tres años los 15 puntos obtenidos previamente y que exigir un desistimiento formal para conservar esa calificación resultaba ilegal y arbitrario.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto por una funcionaria del Primer Juzgado de Familia de Concepción en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), y ordenó mantener vigente por tres años el puntaje de 15 puntos que obtuvo en un examen de conocimientos para concursos internos, luego de concluir que resultó ilegal y arbitrario asignarle puntaje cero por no presentarse a una nueva evaluación.
La funcionaria sostuvo que el 3 de marzo de 2026 obtuvo 15 puntos en el examen habilitante para el Escalafón del Personal de Empleados, calificación que, conforme a las bases de los concursos del Poder Judicial, debía mantenerse vigente durante tres años.
Posteriormente fue citada a una nueva evaluación, a la que no pudo asistir por un problema de salud de su padre, y se le asignó puntaje cero. Alegó que esa decisión vulneró la igualdad ante la ley, el acceso a empleos públicos y su derecho de propiedad.
Por ello, pidió dejar sin efecto el puntaje cero, mantener vigente la calificación de 15 puntos y convalidarla en los concursos correspondientes durante el período reglamentario. También solicitó que su inasistencia no fuera contabilizada como una oportunidad rendida o reprobada y, subsidiariamente, que se le permitiera rendir nuevamente el examen.
La Corporación Administrativa del Poder Judicial pidió rechazar el recurso, señalando que la asignación de puntaje cero se ajustó a las bases de los concursos y no fue arbitraria. Explicó que quien informa oportunamente su inasistencia o desiste conserva sus oportunidades de rendición, mientras que quien no se presenta ni comunica esa circunstancia recibe puntaje cero.
Indicó que la funcionaria obtuvo inicialmente 15 puntos, pero posteriormente fue citada a nuevas evaluaciones y, pese a tener la opción de convalidar su calificación o desistir, no ejerció esas alternativas ni concurrió a rendir las pruebas, por lo que se le asignó puntaje cero y se contabilizaron esas instancias como nuevas oportunidades.
La CAPJ sostuvo además que el recurso era extemporáneo, pues la recurrente conocía la situación desde abril de 2026. En subsidio, afirmó que ya había agotado las tres oportunidades de rendición previstas durante el período de tres años, descartando así la existencia de una actuación ilegal o arbitraria.
La Corte rechazó la alegación de extemporaneidad, al considerar que el plazo para recurrir debía contarse desde la resolución que puso término al reclamo administrativo presentado por la funcionaria.
El tribunal recordó que la CAPJ es la encargada de los procesos de selección y de resolver las reclamaciones sobre los puntajes obtenidos en los concursos. En este caso, el Oficio de 8 de junio resolvió definitivamente la impugnación de la recurrente, por lo que el recurso de protección fue presentado dentro del plazo de treinta días.
La Corte concluyó que la asignación de puntaje cero fue ilegal y arbitraria, porque la normativa aplicable establecía que los resultados aprobados mantenían una vigencia de tres años y podían convalidarse en concursos similares.
El tribunal advirtió que no existían antecedentes que demostraran que la funcionaria hubiera solicitado rendir nuevamente el examen, por lo que debía mantenerse el puntaje de 15 puntos obtenido previamente. Añadió que exigir un desistimiento formal o una opción expresa para conservar esa calificación contradecía el Acta N°105-2021.
La Corte estimó además que esa exigencia afectó indebidamente sus posibilidades de promoción y ascenso, al asignarle puntaje cero y considerar agotadas sus oportunidades de rendición. Por ello, determinó que se vulneraron la igualdad ante la ley y el derecho de acceso a funciones y empleos públicos.
En consecuencia, acogió el recurso de protección, dejó sin efecto la asignación de puntaje cero y ordenó reconocer y mantener durante tres años los 15 puntos obtenidos por la funcionaria.
El litigio fue liderado por las abogadas Jocelyn Zapata M. y Karin Mendoza S., del estudio
jurídico ISM Abogadas.
Temas
Te puede interesar

Bonos judiciales
Funcionaria judicial recurre al TC por exclusión de bonos tras licencia para cuidar a hijo gravemente enfermo

Recurso contra auto acordado
Asociación de funcionarios judiciales recurre al TC y cuestiona auto acordado de la Corte Suprema por afectar carrera funcionaria

Reforma judicial y jubilación
Corte Suprema actualiza Auto Acordado sobre incentivo al retiro tras reforma legal y fija cese obligatorio a los 75 años desde 2027

