Incentivo para grandes inversiones
Se establece un régimen de estabilidad tributaria para inversiones desde US$50 millones
La propuesta crea un régimen especial para dar estabilidad tributaria a inversionistas chilenos y extranjeros que desarrollen proyectos por un monto mínimo de US$50 millones. Podrán acogerse inversiones en minería, industria, actividad forestal, energía, infraestructura, telecomunicaciones,…

La propuesta crea un régimen especial para dar estabilidad tributaria a inversionistas chilenos y extranjeros que desarrollen proyectos por un monto mínimo de US$50 millones. Podrán acogerse inversiones en minería, industria, actividad forestal, energía, infraestructura, telecomunicaciones, investigación, desarrollo tecnológico, medicina y ciencias, entre otras áreas.
El objetivo es asegurar que las principales reglas tributarias aplicables al proyecto no cambien durante un período determinado.
La duración del beneficio dependerá del monto invertido. Será de 10 años para inversiones iguales o superiores a US$50 millones e inferiores a US$100 millones; de 15 años para proyectos iguales o superiores a US$100 millones e inferiores a US$350 millones; y de 20 años para inversiones de US$350 millones o más.
El texto también menciona un período de invariabilidad de 25 años, contado desde la puesta en marcha del proyecto. Se entenderá que el proyecto comienza a operar en el ejercicio en que empiece a recibir o generar ingresos brutos provenientes de su actividad principal.
Para acceder al régimen, el inversionista deberá pagar una “prima de estabilidad”. Este costo será equivalente a 1,5 puntos porcentuales adicionales sobre la tasa del Impuesto de Primera Categoría que le corresponda y se aplicará durante todo el período de invariabilidad.
El beneficio deberá formalizarse mediante un contrato entre el Ministerio de Hacienda y el inversionista nacional o extranjero. Antes de firmarlo, deberá existir un informe de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera.
El contrato garantizará que la carga total de impuestos sobre la renta se mantenga conforme a las normas vigentes al momento de su firma. Para calcular esa carga no se considerarán el Royalty Minero ni el Impuesto Específico a la Actividad Minera, cuando sean aplicables.
La estabilidad también comprenderá las reglas sobre depreciación de activos, uso de pérdidas tributarias de años anteriores y gastos de organización y puesta en marcha del proyecto.
Durante el tiempo necesario para realizar la inversión, también podrán mantenerse sin cambios las normas de IVA y aranceles aplicables a la importación de maquinarias y equipos considerados bienes de capital.
En el caso de los proyectos mineros, se contemplan derechos adicionales relacionados con el Royalty Minero, las patentes de exploración y explotación, y los nuevos impuestos que puedan establecerse para la actividad minera.
El régimen podrá extenderse a proyectos relacionados que formen parte de una misma unidad económica. Esto podrá ocurrir cuando exista cercanía física entre ellos, compartan infraestructura o tengan una dependencia económica o funcional.
Para incluir un proyecto relacionado, el inversionista deberá solicitarlo al Ministerio de Hacienda antes de efectuar cualquier inversión efectiva directamente vinculada con ese proyecto.
El inversionista podrá renunciar al régimen de invariabilidad una sola vez y pasar al sistema tributario general.
Para mantenerse en el beneficio, la deuda del contribuyente no podrá superar tres veces su capital propio tributario. Esta relación se calculará al término de cada ejercicio conforme a las reglas del artículo 41 F de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Si el inversionista supera ese límite de endeudamiento, perderá la invariabilidad tributaria acordada.
El beneficio también podrá perderse total o parcialmente si el contribuyente es condenado mediante una sentencia firme por un delito tributario o si incurre en alguna de las conductas contempladas en la Norma General Antielusiva.
El régimen comenzará a regir el 1 de enero de 2027. Sin embargo, si la ley entra en vigor después de esa fecha, se aplicará desde su entrada en vigor.
Temas
Te puede interesar

Deudores CAE
Iniciativa busca aliviar cobros del CAE y ajustar convenios de pago a la realidad económica de los deudores

Reforma tributaria e inversiones
Desayuno en Alessandri: nuevo escenario económico y tributario

Opinión.
Novedades en relación con la ejecución de la sentencia en contra de Argentina en el marco de la causa YPF, por Facundo Joaquín Perelli.

