Opinión
¿Puede un Estado desigual extender el castigo penal a la niñez y la adolescencia?, por Gustavo Beade
En una reciente publicación de agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo ¿Puede un Estado desigual extender el castigo penal a la niñez y la adolescencia?, por Gustavo Beade ().

En una reciente publicación de agendaestadoderecho.com se da a conocer el artículo ¿Puede un Estado desigual extender el castigo penal a la niñez y la adolescencia?, por Gustavo Beade (*).
En mayo de 2024, el gobierno argentino preparaba un proyecto de ley para reducir de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. Hoy ese escenario ha dejado de ser hipotético: el Congreso sancionó la Ley 27.801, publicada el 9 de marzo de 2026 y vigente desde el 5 de septiembre del mismo año.. La norma reemplaza el antiguo régimen establecido por el Decreto-Ley 22.278 e incorpora garantías procesales, medidas alternativas y principios de especialidad. Al mismo tiempo, extiende la responsabilidad penal a adolescentes de 14 y 15 años y permite imponer penas privativas de libertad de hasta 15 años. Más allá de sus detalles específicos, me interesa concentrarme en un problema más general que este tipo de medidas pone en evidencia: las condiciones bajo las cuales el Estado puede legítimamente castigar.
Como señalé en otra columna la iniciativa fue impulsada en un clima político marcado por hechos que conmocionaron a la opinión pública, como el caso del adolescente de 15 años acusado del asesinato de un trabajador en Rosario. A partir de allí, el discurso oficial se articuló en torno a consignas como “el que las hace, las paga” o “delito de adulto, pena de adulto”. La nueva ley constituye, al menos en parte, la cristalización legislativa de esa reacción.. Sin embargo, la pregunta relevante no es solo qué tan eficaces o adecuadas son estas respuestas, sino si el Estado tiene la autoridad moral para imponerlas.
En un libro reciente, El niño resentido, el escritor César González reconstruye su trayectoria vital marcada por la marginalidad, el delito y la ausencia de alternativas reales. No intenta excusar sus conductas, sino comprender las condiciones en las que se produjeron.. El valor del libro radica en mostrar cómo determinadas trayectorias delictivas no surgen en el vacío, sino en contextos donde el Estado ha estado ausente de manera sistemática. Leer a González permite entender no solo a los adolescentes de principios de los 2000, sino también a muchos de los jóvenes que hoy se encuentran en situaciones similares. Cuando el Estado abandona a ciertos grupos —cuando los excluye de facto del acceso a derechos básicos como educación, salud, vivienda o condiciones mínimas de desarrollo— no puede luego sorprenderse de que esos mismos sujetos no se comporten como ciudadanos plenamente integrados al orden jurídico. En el universo que González describe, el Estado rara vez aparece como garante de derechos. Se presenta, más bien, bajo la forma de la policía, el sistema penal y, eventualmente, la violencia institucional. Es decir, aparece tarde y de la peor manera. González tiene otro libro publicado en 2025, Rengo Yeta, donde relata los días de un adolescente encerrado luego de haber sido detenido por perpetrar un secuestro extorsivo. Ambos libros permiten aproximarse al mundo de quienes experimentan primero el abandono estatal y, después, su poder punitivo.. Difícilmente podamos encontrar literatura académica que permita comprender mejor lo que sucede en este contexto. La literatura de César González nos permite acercarnos a ese mundo.
Esto nos lleva a una cuestión más profunda: ¿puede el Estado castigar (ahora más) a esos adolescentes? ¿Tiene el Estado un estatus moral para castigar? Castigar no es simplemente ejercer poder; es ejercer una autoridad que debe estar justificada. Una corrientede la filosofía contemporánea del castigo sostiene que quien reprueba y sanciona debe encontrarse en una posición moral adecuada para hacerlo.. No se trata solo de que el delito haya ocurrido, sino de que quien responde a él no esté, a su vez, en falta respecto de aquellos a quienes pretende sancionar. En este sentido, la situación es problemática en toda la región. Un Estado que incumple de manera sistemática sus obligaciones hacia niños, niñas y adolescentes —que no garantiza condiciones básicas para el desarrollo de su autonomía— ve erosionada su autoridad moral para castigarlos. La cuestión no es si esos adolescentes son responsables por sus actos, sino si el Estado está en condiciones de reprocharles esos actos sin incurrir en una forma de inconsistencia o, incluso, de hipocresía ¿Cuáles son las razones para que el Estado esté en condiciones de imponer un castigo con fines reeducadores y resocializadores si ha fallado en esta misión previamente? Es más, podría decir que estos delitos son una consecuencia de esa falla. El Estado, directamente, crea condiciones criminógenas que empujan a estos adolescentes al camino del delito. La precariedad laboral de las familias, el deterioro de la educación y la salud públicas y las dificultades para acceder a una vivienda digna son algunas de estas condiciones.
La aprobación de la ley vuelve más urgente esta pregunta. ¿Puede un Estado que ha fallado en proveer derechos fundamentales presentarse luego, por primera vez en la vida de muchos de estos jóvenes, bajo la forma del castigo penal? ¿No hay allí una tensión difícil de justificar? Más aún, en el contexto de una política que busca reducir la intervención estatal en ámbitos sociales clave, el contraste es aún más marcado: un Estado que se retrae en la provisión de derechos, pero que se expande —o al menos no se limita— en el uso del poder punitivo. Esto sugiere una forma de selectividad preocupante: menos Estado en materia de derechos y más Estado en materia de castigo; un Estado mínimo en lo social, pero robusto en lo penal. Esta asimetría no solo plantea problemas de eficacia, sino, sobre todo, de legitimidad.
En definitiva, la aprobación de la ley no debería cerrar el debate, sino abrirlo. No se trata únicamente de evaluar si castigar desde una edad más temprana reduce el delito, sino de preguntarnos bajo qué condiciones ese castigo es moralmente justificable. Mientras persistan niveles profundos de desigualdad estructural —aquella que no depende de las decisiones de los propios individuos, sino de contextos que los preceden y condicionan—, el recurso al castigo penal, especialmente respecto de adolescentes, seguirá siendo una respuesta insuficiente y, en muchos casos, injusta. Si el objetivo es construir una sociedad más segura y más justa, el camino difícil —pero necesario— no pasa por ampliar el alcance del castigo, sino por fortalecer las condiciones que hacen posible que menos jóvenes lleguen al sistema penal. Sin embargo, esa no parece ser, al menos por ahora, la dirección elegida: menos derechos, más castigo.
Gustavo Beade es académico de Derecho Penal de la Universidad Austral de Chile.
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