Diario Constitucional

En primer trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó iniciativa que introduce modificaciones al marco normativo que rige las aguas en materia de fiscalización y sanciones.

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que aumenta las herramientas de fiscalización para el correcto uso del agua, al cual se le había introducido una serie de indicaciones presentadas por un grupo de diputados, las cuales en su mayoría fueron declaras inadmisibles. La iniciativa tuvo su origen…

Por Redacción·22 de mayo de 2012·3 min de lectura
Cámara de Diputados aprobó iniciativa que introduce modificaciones al marco normativo que rige las aguas en materia de fiscalización y sanciones.
Referencial

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que aumenta las herramientas de fiscalización para el correcto uso del agua, al cual se le había introducido una serie de indicaciones presentadas por un grupo de diputados, las cuales en su mayoría fueron declaras inadmisibles.

La iniciativa tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo el cual observó que las sanciones establecidas en este caso “no representa en la actualidad un elemento disuasivo realmente eficaz para prevenir infracciones a la normativa de aguas vigente”.

Con el objeto de perfeccionar la legislación vigente e “introducir ciertas modificaciones al marco regulatorio que rige a las aguas, con la finalidad de aumentar las sanciones por extracciones no autorizadas de aguas y, en general, por infracciones a la normativa vigente en esta materia; fortalecer las potestades fiscalizadoras y sancionatorias, y mejorar la cantidad y calidad de la información sobre recursos hídricos y derechos de aprovechamiento de aguas”, propone modificar en primer lugar el Código Penal en su artículo 459 que tipifica el delito de usurpación de aguas, aumentando la pena a presidio menor en su grado “mínimo a medio”; el guarismo “once” por “veinte” y una multa de “500” UTM, en tanto el artículo 460, que agrava la pena de dicho delito en caso que se ejecute con violencia en las personas, aumentando asimismo su penalidad a presidio menor ”en cualquiera de sus grados” y multa de 50 a 500 UTM.

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