Diario Constitucional

CS confirma sentencia.

Corte de Chillán rechazó protección por información de Diario que afectaría la honra de recurrente.

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

Por Redacción·21 de agosto de 2014·2 min de lectura
Corte de Chillán rechazó protección por información de Diario que afectaría la honra de recurrente.
Referencial

Se dedujo acción de protección en contra del Diario Crónica Chillán y de su director, por parte de un particular.

El recurrente estimó vulnerada la garantía constitucional del artículo 19 N° 4 de la Carta Fundamental, esto es, el derecho al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, por cuanto aduce que el 13 de junio pasado, en un hecho investigado por la Fiscalía Local de la referida ciudad, el esposo y padre de sus hijos falleció producto de un atropello, cuando conducía su bicicleta cumpliendo con la Ley N°18.290, al ser colisionado por una camioneta.

Al respecto, agregó que el hecho referido fue maliciosamente publicado en el diario recurrido, con fecha 15 de junio pasado, aduciendo en la página 5, que el responsable del atropello sería la víctima fatal «quien cruzó sorpresivamente la vía y fue impactado por la camioneta», con un afán tendencioso y sin respetar el dolor y angustia de la familia, usando un lenguaje despectivo y faltando a la verdad al señalar que «alrededor de las 20:00 horas, cuando este hombre cruzó en su bicicleta inesperadamente la vía en el km 8, versión que el diario atribuye al Subteniente Jonathan Venegas, quien habría dicho que «un conductor de una camioneta impactó con un ciclista, el que cruzó la carretera sorpresivamente, la camioneta no pudo esquivar al ciclista, quien cayó a un costado fuertemente».

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