CS confirmó.
Corte de Concepción rechaza protección deducida por haberse divulgado antecedentes comerciales.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada, en todas sus partes, por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra de Dicom Equifax S.A., del Banco Santander Chile y de la Cámara de Comercio de Santiago, por el acto arbitrario e ilegal consistente en haber informado una deuda a DICOM por parte del Banco Santander, lo que no es procedente al tratarse de una deuda no vigente, de lo que tomó conocimiento con fecha 22 de enero de 2015, al requerir un informe de deuda.
El recurrente estimó vulnerado su derecho al respeto y protección a la honra de su persona, consagrado en el artículo 19 N° 4 de la Carta Fundamental, ya que con la divulgación de su deuda se le dificulta optar a créditos; además de su derecho de propiedad, contemplado en el artículo 19 N° 24 del mismo cuerpo normativo, al afectarse su prestigio y seriedad comercial y, en consecuencia, su propiedad sobre toda clase de bienes.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada, en todas sus partes, por la Corte Suprema en alzada.
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