Diario Constitucional

Se vulnera servidumbre constituida.

Corte de Puerto Montt acogió acción de protección por construcción del recurrido en zona de seguridad de línea de transmisión eléctrica.

“construcción que se atribuye al recurrido, ubicada, por cierto, dentro de la franja de seguridad del tendido gravada por la servidumbre”,

Por Redacción·26 de julio de 2012·1 min de lectura
Corte de Puerto Montt acogió acción de protección por construcción del recurrido en zona de seguridad de línea de transmisión eléctrica.
Referencial

Se dedujo acción de protección por parte de una empresa de transmisión eléctrica en contra del propietario de un predio por cuanto éste habría iniciado la ejecución de una obra de construcción dentro de la franja de seguridad del predio, lo que pone en riesgo la integridad del tendido, vulnerando el derecho real de servidumbre que se había constituido anteriormente. Estimó que se afecta su derecho de propiedad. Por no haber dado cumplimiento, se prescindió del informe del recurrido. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió la acción constitucional, constatando, con el mérito de los antecedentes aportados por el recurrente, y sin que hayan sido desvirtuados por el recurrido, la “construcción que se atribuye al recurrido, ubicada, por cierto, dentro de la franja de seguridad del tendido gravada por la servidumbre”, lo cual constituye una acción ilegal al vulnerarse el derecho de servidumbre constituido a favor del recurrente.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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