Fue confirmada por CS.
Corte de Puerto Montt rechaza protección deducida contra Cámara de Comercio de Santiago.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales correspondientes al derecho a la honra, a adquirir todo tipo de bienes, y a la propiedad, estatuidos en los numerales 4, 23 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.

Se dedujo acción de protección en contra de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., por parte de una sociedad constructora.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales correspondientes al derecho a la honra, a adquirir todo tipo de bienes, y a la propiedad, estatuidos en los numerales 4, 23 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, toda vez que a través de la obtención de un informe comercial, su representada tomó conocimiento que se encontraba publicada a su respecto una supuesta morosidad proveniente de un cheque protestado.
Luego, expresó que tal inclusión y publicación del documento en el Boletín Comercial es improcedente, pues éste fue girado “en garantía”, según mención que consta en el reverso del mismo. Así, el documento girado no cumplía con las exigencias contempladas en la ley para ser considerado como cheque, por lo que malamente pudo ser protestado, siendo improcedente, en consecuencia, la publicación del protesto.
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