Decisión fue confirmada por la CS.
Corte de Santiago rechazó acción de protección interpuesta en contra del SERVIU Metropolitano que negó subsidios habitacionales por falta de fondos.
Los recurrentes estiman tal proceder contrario a la igualdad ante la ley, debido a que pasa por alto las postulaciones previas al rechazarlas con un fundamento que no tiene sustento legal ni fáctico.

Un grupo de familias dedujo acción de protección en contra del Director del SERVIU de la Región Metropolitana, que puso término al procedimiento administrativo de otorgamiento de subsidios habitacionales rechazando las solicitudes presentadas a las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) al no existir recursos financieros para su otorgamiento. Los recurrentes estiman tal proceder contrario a la igualdad ante la ley, debido a que pasa por alto las postulaciones previas al rechazarlas con un fundamento que no tiene sustento legal ni fáctico. La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el arbitrio constitucional, para lo cual razonó que en el D.S. 174 del Serviu, que reglamenta el Programa de Subsidio Fondo Solidario de Vivienda, subyace que la postulación sólo permite al solicitante participar en el proceso y no otorga derecho alguno a “obtener los fondos” concursados, puesto que sin recursos disponibles es imposible dar curso a la tramitación del procedimiento de subsidios. La Corte Suprema confirmó el fallo en alzada.
Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones.
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