Recurso extemporáneo.
Corte de Santiago rechazó protección contra Google y Youtube por permitir subida de videos difamatorios contra empresa.
La recurrente estimó vulnerado el derecho a la privacidad e imagen, ya que las recurridas han permitido que sean subidos videos con frases calumniosa e injuriosas.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción de protección deducida por una empresa en contra de Google y Youtube, debido a la mantención de videos públicos en el portal web de Youtube con connotaciones injuriosas y calumniosas.
La recurrente estimó vulnerado el derecho a la privacidad e imagen, ya que las recurridas han permitido que sean subidos videos con frases calumniosas, injuriosas y completamente falsas, inclusive permitiendo que sean vueltos a subir luego que fueran eliminados producto de un reclamo de la recurrida.
En su sentencia, la Corte de Santiago estableció que el día 10 de noviembre de 2016 la recurrente efectuó un reclamo a YouTube por el contenido, a su parecer, difamatorio de los mismos videos que ahora argumenta han sido nuevamente subidos con fecha 12 de enero de 2017. En consecuencia, se entiende que el 10 de noviembre pasado la parte recurrente ya tenía cabal conocimiento del hecho agraviante, esto es, de que la existencia de los videos en internet con contenido ofensivo hacia su representada.
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