Autotutela.
Corte de Valdivia acogió protección y ordena a Caja de Compensación restituir fondos a pensionado.
La Corte de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por Luis Alberto Zambrano Aliante y ordenó a la Caja de Compensación La Araucana dejar de "retener fondo alguno del recurrente" de su fondo de pensión.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por Luis Alberto Zambrano Aliante y ordenó a la Caja de Compensación La Araucana dejar de «retener fondo alguno del recurrente» de su fondo de pensión.
En su sentencia, se expresó que el proceder de la recurrida debe reputarse de ilegal, desde que fuera de todo amparo normativo ha procedido a hacerse justicia por mano propia, importando en el hecho, una privación a la recurrente en el legítimo ejercicio de su garantía fundamental de dominio sobre el dinero descontado perteneciente a su pensión.
A continuación, el fallo manifiesta que no existe normativa que faculte a la parte recurrida para hacer tal imputación. En efecto, en esta materia, el artículo 58 del Código del Trabajo, autoriza al empleador a descontar de las remuneraciones, entre otros conceptos, determinadas obligaciones, algunas en forma autónoma del empleador y otras que requieren acuerdo con el trabajador, mas en este caso, no se está ante un descuento que haga el empleador, ni tampoco nos encontramos en presencia de una remuneración.
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