CS confirmó.
Corte de Valparaíso declara inadmisible protección contra negativa de Universidad a otorgar título profesional por deuda.
El fallo fue acordado con el voto en contra del Ministro García, quien estuvo por acoger el recurso y disponer que la recurrida procediera a tramitar administrativamente la obtención del grado académico y título profesional de la recurrente.

Se dedujo acción de protección -por parte de un particular- en contra de la Universidad Técnica Federico Santa María.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales establecidas en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por la negativa de la recurrida a otorgar su título profesional y su certificado de grado académico.
Al efecto, expuso la actora haber ingresado a la casa de estudios recurrida en el año 2004, egresando de la carrera de arquitectura en el año 2011, aprobando satisfactoriamente todas las cátedras, talleres, ramos, etc., luego de lo cual obtuvo el grado de licenciada en el año 2011, rindiendo examen de grado el año 2012, encontrándose al día en la devolución de material bibliográfico propio de la universidad.
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