Diario Constitucional

Acto administrativo careció de la debida fundamentación.

Corte Suprema acogió acción de protección por término anticipado de servicios de funcionario a contrata.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó tal decisión, accediendo a lo pedido por el recurrente. En su sentencia, el máximo tribunal razonó que, si bien la autoridad administrativa tiene la facultad para poner término anticipado a una contrata, calidad jurídica en la que se encontraba el…

Por Redacción·05 de abril de 2012·1 min de lectura
Corte Suprema acogió acción de protección por término anticipado de servicios de funcionario a contrata.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó tal decisión, accediendo a lo pedido por el recurrente.

En su sentencia, el máximo tribunal razonó que, si bien la autoridad administrativa tiene la facultad para poner término anticipado a una contrata, calidad jurídica en la que se encontraba el actor, dicha potestad debe ejercerse de conformidad a la ley. Al respecto, la Corte concluyó que la Municipalidad incumplió el requisito, consignado en los artículos 11 inciso 2°, 16 y 41 inciso 4° de la Ley de Bases . . .

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