En fallo unánime.
CS acoge protección contra Municipalidad de Caldera por suspender a Directora de Liceo.
La decisión es arbitraria, adujo el fallo, en la medida que fue adoptada en el fragor de los reclamos de la comunidad escolar del Liceo.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Caldera por la directora del Liceo Manuel Blanco Encalada de Caldera, y dejó sin efecto la medida de suspensión de funciones adoptada por la alcaldesa de la comuna contra la recurrente.
Cabe recordar que la recurrente alegó que fue suspendida de su cargo por una decisión de facto de la alcaldesa sin existir un procedimiento administrativo que habilitara debidamente la adopción de dicha medida guardando las formalidades legales.
La Corte de Copiapó sostuvo en su oportunidad que la decisión de remover a la directora en cuestión consistió en un actuar ilegal y arbitrario de la autoridad municipal, debido a que la medida de suspensión de funciones es una atribución exclusiva del fiscal que esté a cargo de una investigación formalizada, a través de un sumario administrativo legalmente tramitado.
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