Acto arbitrario e ilegal.
CS acoge protección y ordena a Hospital de Viña del Mar entregar ficha médica a hija de paciente fallecida.
El máximo Tribunal sostuvo que el actuar del establecimiento médico como arbitrario e ilegal al exigir, previo a entregar la ficha, que la demandante acreditara su calidad de heredera.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra del Hospital Clínico de Viña del Mar, centro sanitario que no proporcionó la ficha médica de una paciente que murió en el establecimiento, en julio de 2014, solicitada por una hija de la fallecida.
En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que el actuar del establecimiento médico como arbitrario e ilegal al exigir, previo a entregar la ficha, que la demandante acreditara su calidad de heredera, a través de una posesión efectiva.
Asimismo, se agregó que, habiendo acreditado la recurrente su condición de hija de doña Liliana de las Mercedes Berg Jiménez y no siendo necesario para acreditar la calidad de heredero el otorgamiento de la posesión efectiva, la actora se encuentra plenamente habilitada para solicitar la ficha clínica de su madre, sin que ello importe una violación a la confidencialidad de este instrumento, pues no se trata de publicar antecedentes médicos ni de entregarlos a terceros, sino que de proporcionárselos nada menos que a la propia hija de la paciente.
Te puede interesar

CS confirmó.
Corte de Santiago acoge protección contra Sociedad Concesionaria de Vehículos Retirados de Circulación.

Con disidencia y prevención.
CS revoca sentencia y acoge amparo en favor de ciudadano peruano.

Seguridad individual.
CS revoca sentencia y acoge amparo en favor de interno agredido por funcionarios de Gendarmería.

