En fallo unánime.
CS acoge recurso de protección contra aseguradora y le ordena pagar la suma máxima de cobertura del seguro a recurrente que sufrió un accidente automovilístico.
La aseguradora estuvo llana a dicha indemnización, por lo que al ser un acto voluntario de reconocimiento tácito de la cobertura que se reclama, se debe acoger el recurso.

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Concepción, y acogió el recurso de protección deducido en contra de una aseguradora, el Banco Scotiabank y Scotia Corredores de Seguros, y le ordena solo a la aseguradora pagar la suma máxima de cobertura asegurada al recurrente por un siniestro vial.
En su libelo, el recurrente expone que debido a un accidente tanto él como la copiloto resultaron policontusos, siendo internados en un hospital. Por estos hechos, solicitó la cobertura por convalecencia, pero el Banco la negó, primero fundado en que la patología padecida no tenía cobertura y luego, porque la hospitalización tuvo una duración inferior a los días cama que establece la póliza como período mínimo para tener derecho a cobertura.
Denuncia la vulneración de las garantías constitucionales del artículo 19 Nº3 y 24 de la Constitución; y solicita se ordene a la aseguradora el pago de la suma de 112 UF, esto es 4 UF diarias por catorce días, para él como asegurado principal y la misma suma para el asegurado adicional.
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