Diario Constitucional

Ejercicio de la investigación no resulta potestativo.

CS acogió acción de protección en contra de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en precio de mercaderías extranjeras.

“constituye un poder – deber de la institución en comento el iniciar investigaciones cuando los interesados así lo soliciten”, por lo que la recurrida “deberá iniciar la investigación destinada a conocer de la misma, ello pues el ejercicio de la facultad no le resulta potestativa”.

Por Redacción·24 de diciembre de 2012·1 min de lectura
CS acogió acción de protección en contra de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en precio de mercaderías extranjeras.
Referencial

La Sociedad Nacional de Agricultura dedujo acción de protección en contra de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías extranjeras, por su decisión de rechazar las solicitudes de apertura de investigación para establecer derechos antidumping a ciertas importaciones procedentes de Argentina. La Corte Suprema, conociendo de la apelación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, revocó el fallo de primera instancia, acogiendo el arbitrio constitucional, sosteniendo, luego de analizar el estatuto jurídico que rige al organismo recurrido, que “constituye un poder – deber de la institución en comento el iniciar investigaciones cuando los interesados así lo soliciten”, por lo que la recurrida “deberá iniciar la investigación destinada a conocer de la misma, ello pues el ejercicio de la facultad no le resulta potestativa”. En consecuencia, agrega el máximo tribunal, que “al haber desestimado la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías importadas, en una etapa previa y sin desarrollar la tarea y función que la ley le impone, dicha institución ha incurrido en un acto ilegal”, lo cual constituye una amenaza al legítimo ejercicio del derecho a desarrollar actividades económicas lícitas.

Ver texto integro de la sentencia.

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