En forma unánime.
CS acogió protección contra Tribunal Supremo de la Federación de Rodeo por haberse rechazado una denuncia de socio a quien se le impidió cambiar de club.
El recurrente adujo haberse vulnerado la igualdad ante la ley y el debido proceso.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por un particular contra el Tribunal Supremo de la Federación de Rodeo Chileno, por rechazar una denuncia que interpuso contra el Presidente del Club de Rodeo de Población de la Asociación Colchagua, debido a que le exigía el pago de una supuesta deuda para otorgarle el pase para cambiarse de Club de Rodeo.
El recurrente adujo haberse vulnerado la igualdad ante la ley y el debido proceso, ya que en la práctica fue juzgado por una comisión especial, incluso anti-reglamentaria, al respetarse los principios legales mínimos del proceso ni las propias normas reglamentarias que rigen al recurrido.
En su sentencia, el máximo Tribunal expuso que, no obstante que el Club de Rodeo de Población denunciado por el actor reconoció que éste había pagado tanto su cuota correspondiente a la Temporada 2016-2017 como la de su hijo, y que, conforme con la prueba rendida, el Tribunal de Penalidades tuvo por establecido que el denunciante no estaba obligado a pagar la cuota de un tercer corredor, igualmente rechazó su denuncia, contraviniendo los hechos que ese mismo tribunal tuvo por establecidos en la causa. En efecto, el Tribunal de Penalidades no pudo concluir, al mismo tiempo, que el Club no podía negar al denunciante el pase para ingresar a otro Club, y que su negativa se ajustaba a la normativa interna, dado que el pago había sido realizado y, no obstante ello, el Club de Población persistía en su decisión de no otorgárselo. Por tanto, al haber resuelto el Tribunal Supremo como lo hizo, esto es, desconociendo el pago que se le informó oportunamente por el denunciado, y rechazando el reclamo fundándose en la supuesta existencia de una suma impaga que ya había sido solucionada, ha terminado por refrendar la decisión del Club de Población que ha negado al recurrente el pase para trasladarse a otro club a pesar de que nada adeuda.
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