Con prevención.
CS aprobó sentencia que rechazó amparo económico deducido en contra de SEREMI que ordenó el cierre de ELEAM.
La Corte consideró que la resolución se encuentra acorde a la ley.

En forma unánime, la Corte Suprema aprobó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó recurso de amparo económico deducido por administradora de ELEAM de SEREMI Metropolitana.
Respecto a los hechos, la recurrente quién mantiene un Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores, ELEAM “Esperanza en Dios”, señala que con fecha 18 de marzo de 2019, se le notificó que le ha condenado por incurrir en infracciones a la normativa reglamentaria, por medio de la cual se dispuso: Mantener la prohibición de ingreso de nuevos residentes al establecimiento, además se la condena a reubicar a los 24 residentes. Agrega, que en dicha sentencia, se le condena al pago de una multa de 40 UTM, por lo cual solicita se deje sin efecto la resolución dictada por vulnerar los derechos de la recurrente de amparo.
El recurrido informa que sus fiscalizadores se constituyeron en el Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores y constató que funciona con un total de 25 camas y 24 residentes, de ambos sexos, sin contar con autorización sanitaria. También se verificó la inexistencia de elementos de seguridad para emergencias, fichas clínicas incompletas, íhabitaciones de material ligero y, algunas de estas últimas ubicadas en el segundo piso, sin contar con un sistema de traslado vertical de residentes. Agrega, que por las pésimas condiciones sanitarias en las que se encontraba al establecimiento ha sido objeto de ocho sumarios sanitarios en un periodo comprendido entre el año 2011 a 2019, por tal razón según la resolución de la autoridad sanitaria no es posible calificarlo como un acto arbitrario e ilegal, ya que las deficiencias del referido establecimiento constituyen un peligro grave para la salud de la población, razón por la cual solicita el rechazo de la acción.
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