Con voto disidente.
CS confirma sentencia que acogió amparo en favor de ciudadano colombiano con orden de expulsión de la Intendencia de Arica y Parinacota.
La Corte Suprema confirmó lo resuelto en primera instancia, decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Valderrama y de la abogada integrante Gajardo.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió amparo deducido en favor de ciudadano colombiano contra quien pesa orden de expulsión del país por imputársele el ingreso al territorio nacional de manera clandestina.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco señaló que de los antecedentes que fueron informados en el libelo es posible advertir que el amparado realizó un ingreso por paso no habilitado al territorio nacional, situación que provocó la inmediata denuncia de la autoridad regional recurrida al ministerio público, con el fin de perseguir su responsabilidad penal por los hechos denunciados.
Agrega el fallo de la Corte de Temuco que la posterior orden de expulsión en contra del amparado, en circunstancias bajo las cuales la intendencia regional presentó desistimiento de la denuncia en su contra, importa una transgresión de las facultades contenidas en los artículos 146 y 158 del reglamento de extranjería que requiere un cumplimiento previo de condena por tal delito para luego decretar su abandono forzado del país. Por estas consideraciones, el citado tribunal estimó vulnerada la garantía de la libertad personal del recurrente, acogiendo su pretensión.
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