Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección en contra de junta de administración del edificio debido a corte de suministro eléctrico por supuesta deuda de gastos comunes.
Corte de Concepción señaló que, tras el restablecimiento del suministro eléctrico, el recurso perdió oportunidad en su presentación.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó protección deducida por residente del edificio Brisas de Biobío en contra la administración de dicho inmueble, frente a un corte de su suministro eléctrico por el supuesto impago de gastos comunes.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que, se pretende por la recurrente que la decisión de la Administración del edificio Brisas de Biobío ubicado en calle Ongolmo N° 1131, Concepción, de mantener el corte del suministro de energía eléctrica del departamento de propiedad de la recurrente, sea declarada como una medida adoptada en forma en forma antojadiza, ilegal y arbitraria, que afecta en forma grave los derechos garantizados por la Constitución Política de Chile y la ley.
Añade la Corte de Concepción en su razonamiento, que de acuerdo a lo informado por la Compañía General de Electricidad S.A., el administrador del señalado Edificio le informó que los gastos comunes se encontraban pagados, por lo que con fecha 28 de octubre de 2019, se envió a personal a reconectar el servicio, lo que no pudo materializarse pues se constató que los departamentos ya tenían energía, de modo que, en la actualidad el inmueble de propiedad de la recurrente se encuentra con suministro eléctrico.
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