No se verifica vulneración.
CS confirma sentencia y rechaza protección contra empresa por llamados reiterados para cobrar deuda.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada –en todas sus partes- por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra de una empresa de cobranza y del Banco BCI S.A.
El recurrente estimó vulnerado su derecho a la vida e integridad física y psíquica, el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia y el derecho de propiedad, toda vez que acusó como acto ilegal y arbitrario de la empresa recurrida el hostigamiento del que ha sido víctima por las constantes llamadas telefónicas que han efectuado dependientes de la recurrida para la cancelación de forma extrajudicial de una deuda que mantiene con el Banco BCI S.A., en circunstancias que se ha iniciado el cobro judicial de la misma deuda.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada –en todas sus partes- por la Corte Suprema en alzada.
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