En fallo unánime.
CS confirmó fallo que declaró inadmisible protección deducida contra Banco BICE por rechazar solicitud de apertura de cuenta corriente a estudiante de Derecho.
La ejecutiva bancaria le habría sugerido al estudiante mentir al banco informándole que su domicilio estaba ubicado en Santiago oriente, y no en el centro, donde realmente queda.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido en contra del Banco Industrial y de Comercio Exterior (BICE) por un estudiante al cual el recurrido rechazó su solicitud de apertura de cuenta corriente para estudiantes universitarios esgrimiendo razones confidenciales.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que en la presentación efectuada no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó el fallo en alzada.
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