Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Departamento de Extranjería y Migración por incumplimiento de normativa sobre reconocimiento de la condición de refugiada de ciudadana venezolana.
La Corte de Santiago estimó que la recurrida incurrió en un comportamiento ilegal y arbitrario.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, y acogió la acción de protección deducido por una ciudadana venezolano en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior, por el incumplimiento de la normativa legal relativa al procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración por la no formalización de la solicitud de reconocimiento de la condición de la recurrente, manifestado en la negativa de manera verbal del ingreso al Procedimiento de Reconocimiento, luego de una citación y entrevista no contemplada en la ley, impidiendo más adelante que presentara una nueva solicitud, borrando con corrector la carta de solicitud e impidiendo otra vez el ingreso al procedimiento, otorgándole nueva citación.
La recurrente estimó vulneradas su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 3 inciso quinto y 14.
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