Por unanimidad y con prevención.
CS confirmó sentencia que acogió protección deducido por particular contra TGR por cobro de deuda fraudulenta.
La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, es indudable que el actor ha sido víctima no sólo de un delito, sino de un actuar arbitrario por parte de la autoridad tributaria y posteriormente, del Servicio de Tesorería.

Por unanimidad y con prevención, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió un recurso de protección deducido por particular en contra de la Tesorería General de la República por el cobro de una deuda que tuvo su origen en un fraude del que fue víctima el recurrente.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección de contra de la Tesorería General de la República (TGR), por el cobro ejecutivo de una obligación que tuvo su origen en un cheque, por la suma de $2.069.310, correspondiente a la declaración rectificatoria del año tributario 2008, el que fue cobrado por uno de los autores de delitos tributarios de los que fue víctima.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 4 y 23.
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