Diario Constitucional

Con un voto en contra.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por cotizante contra AFP por baja de rentabilidad de su fondo de pensiones.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República.

Por Redacción·29 de abril de 2020·1 min de lectura
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por cotizante contra AFP por baja de rentabilidad de su fondo de pensiones.
Referencial

Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por una cotizante en contra de la AFP CUPRUM S.A. por la baja de rentabilidad de su fondo de pensiones.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República.

La Corte de Santiago indicó que, de los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a la Corte, exceden las materias que deben ser conocidas por el recurso atendida su naturaleza cautelar, por lo que se declaró inadmisible el recurso de protección.

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