Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Consejo Regional de Los Ríos por remover al recurrente de la presidencia del organismo recurrido.
El fallo del Tribunal de Alzada concluyó que, no es posible advertir la vulneración que se denunció.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección en contra del Consejo Regional de Los Ríos por remover al recurrente de la presidencia del organismo recurrido.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Consejo Regional de Los Ríos, por la celebración de la Sesión Ordinaria, de fecha 10 de julio de 2019, que ordenó la remoción del recurrente de su calidad de presidente del organismo recurrido por haberse realizado la remoción supuestamente invocando causales no contempladas en la ley 19.175.
El recurrente estimó vulnerado su garantía constitucional del numeral 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
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