Diario Constitucional

En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago por carecer de plan de contingencia curricular frente a hechos de violencia en el Instituto Nacional.

Los recurrentes estimaron vulnerados su garantía del numeral 2 del artículo 19 de la Constitución.

Por Redacción·22 de noviembre de 2019·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago por carecer de plan de contingencia curricular frente a hechos de violencia en el Instituto Nacional.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó la protección deducida por un grupo de apoderados del Instituto Nacional en favor de sus hijos y en contra Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago por no tener un plan de contingencia curricular frente a los hechos de violencia que vivió el Instituto Nacional.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago, ya que constantes situaciones de violencia ocurridas al interior y en las inmediaciones del establecimiento, nunca la recurrida implementó un plan de contingencia curricular, especialmente aplicable a los alumnos de cuarto medio, que les permitiera, en caso de reanudarse el escenario de violencia que se vivió, cumplir sus requisitos académicos a fin de no verse expuestos al peligro inminente de reprobar el año escolar, imposibilitados de rendir la prueba de selección universitaria.

Los recurrentes estimaron vulnerados su garantía del numeral 2 del artículo 19 de la Constitución.

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