En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Dirección General de Aguas por intervenir en inmueble cuya propiedad se discute.
Las recurrentes estimaron afectado el derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Arica que rechazó la acción de protección deducida por una comerciante y de la Inmobiliaria E&R Limitada en contra de la Dirección General de Aguas de Arica y Parinacota.
Las recurrentes estimaron vulnerado el derecho de propiedad respecto de 70 metros lineales de cercos de ladrillos y tierra al interior del Lote 2, que fueron destruidos y removidos por la recurrida sin justificación ni autorización para ello.
La Corte de Arica expuso en su oportunidad que, al contrario de lo expuesto por la recurrente, la recurrida sostiene que la propiedad en que se están ejecutando obras es de dominio fiscal ya que el recurrente es quien ha desarrollado obras tendientes a la acumulación y compactación del material fluvial y escombros en la ribera izquierda del cauce natural del río Acha, que consistirían en un relleno de aproximadamente 41 metros de ancho por 120 metros de largo y 8 metros de altura, que obstruyen por completo el cauce natural de la quebrada.
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