En Tongoy.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Gobernación Marítima por ordenar desalojo de un terreno de playa ocupado por local de comida.
La recurrente estimó amenazado el derecho de propiedad.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de La Serena, que rechazó la acción de protección deducida por la representante de una comunidad hereditaria contra la Gobernación Marítima de Coquimbo, debido a que ordenó el desalojo de un terreno de playa ocupado por un local de comida que posee en el balneario de Tongoy.
La recurrente estimó amenazado el derecho de propiedad, ya que la recurrida mediante su resolución indicó que se encuentra realizando una ocupación ilegal y ordenó su desalojo, en circunstancias que no se encuentra invadiendo terrenos que no estén inscritos a nombre de la comunidad hereditaria.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de La Serena expuso que, ya que tanto la recurrente como la recurrida argumentan dominio o posesión sobre el terreno en cuestión, pudiendo haber eventuales superposiciones y habida consideración que el recurso en resolución tiene por objeto proteger el legítimo ejercicio de derechos que estén indubitados, y no de aquellos que se encuentran en potenciales discusión o que constituyan una mera expectativa, y no tratándose de un juicio declarativo de derechos, no es el medio idóneo para resolverlos. Así, la situación jurídica y de hecho presentada por la recurrente ha sido contradicha, y una controversia así forjada no puede ser dilucidada por medio de esta acción cautelar de derechos constitucionales, ya que ella no constituye una instancia de declaración de tales derechos, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria, cual no es el caso. Por lo tanto, se rechazó la acción deducida.
Te puede interesar

Con voto en contra.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra inmobiliaria por construcción en altura en un club de tenis colindante a condominio.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra clínica y ordenó que se permita a laboratorio retirar bienes desde sus dependencias.

En forma unánime.
CS acogió amparo en favor de interno del Complejo Penitenciario de Acha cuya solicitud de libertad condicional había sido denegada.

